domingo, 22 de abril de 2012



CONSULTA: (ADRIANA DIAZ)

LEY 100.

El sistema de salud en Colombia esta regulado por el gobierno nacional, por intermedio del ministerio de la salud y protección social (colombiana)  bajo mandato constitucional y delegado en parte al sector privado. El sistema vigente en Colombia esta reglamentado por la ley 100, expedida en 1993, la cual reglamenta el sistema general de seguridad social  de Colombia integral, Colombia para el año 2000 se encontraba en el puesto 41 de 199 países , por su desempeño general del sistema de salud según un informe de la organización mundial de la salud.

SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENCION Y CESANTIAS.
Son las sociedades de servicio financiero cuyo objetivo principal, lo constituye la administración de fondos de cesantías creada por la ley 50 de 1990.De fondo de pensiones del régimen de ahorro individual.

ESTRUCTURA BASICA DEL SISTEMA.
El sistema general de seguridad social integral se propone el siguiente subtema:
Pensiones, salud, riesgos profesionales y servicio complementarios.

FINANCIACION:
En el sistema general de pensiones el porcentaje de cotización para la pensión de vejez es del 10% calculando sobre el ingreso base; las correspondientes cuotas se abonan a las cuentas de ahorro-pensionar  en el caso de fondos de pensiones.

FONDOS DE SOLIDARIDAD:
En el sistema general de riesgos profesionales, el porcentaje de aportación es variable y se corresponde con una clasificación efectuada por la ley, del centro del centro de trabajo o de la empresa del trabajador, o de los diferentes centros, ciertos permiten una diferencia en la actividad que desarrolla, teniendo en cuneta para dicho clasificación de los siguientes criterios:
Actividad económica índice de elecciones en capacitantes y cumplimiento  de normas de salud ocupacional.
Pensiones:
El sistema general de pensiones se encarga de reconocer y abonar las correspondientes a veces y jubilación, invalidez y supervivientes.
  

No hay comentarios:

Publicar un comentario