CONSULTA:
(ADRIANA DIAZ)
LEY
100.
El
sistema de salud en Colombia esta regulado por el gobierno nacional, por
intermedio del ministerio de la salud y protección social (colombiana) bajo mandato constitucional y delegado en
parte al sector privado. El sistema vigente en Colombia esta reglamentado por
la ley 100, expedida en 1993, la cual reglamenta el sistema general de
seguridad social de Colombia integral,
Colombia para el año 2000 se encontraba en el puesto 41 de 199 países , por su
desempeño general del sistema de salud según un informe de la organización
mundial de la salud.
SOCIEDADES
ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENCION Y CESANTIAS.
Son
las sociedades de servicio financiero cuyo objetivo principal, lo constituye la
administración de fondos de cesantías creada por la ley 50 de 1990.De fondo de
pensiones del régimen de ahorro individual.
ESTRUCTURA
BASICA DEL SISTEMA.
El
sistema general de seguridad social integral se propone el siguiente subtema:
Pensiones,
salud, riesgos profesionales y servicio complementarios.
FINANCIACION:
En
el sistema general de pensiones el porcentaje de cotización para la pensión de
vejez es del 10% calculando sobre el ingreso base; las correspondientes cuotas
se abonan a las cuentas de ahorro-pensionar
en el caso de fondos de pensiones.
FONDOS
DE SOLIDARIDAD:
En
el sistema general de riesgos profesionales, el porcentaje de aportación es
variable y se corresponde con una clasificación efectuada por la ley, del
centro del centro de trabajo o de la empresa del trabajador, o de los
diferentes centros, ciertos permiten una diferencia en la actividad que
desarrolla, teniendo en cuneta para dicho clasificación de los siguientes
criterios:
Actividad
económica índice de elecciones en capacitantes y cumplimiento de normas de salud ocupacional.
Pensiones:
El sistema
general de pensiones se encarga de reconocer y abonar las correspondientes a
veces y jubilación, invalidez y supervivientes.
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